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Módulos - Vehículos parados varios meses

Consulta: 

El consultante realiza la actividad de transporte de mercancías por carretera , para lo cual dispone de tres vehículos. Su actividad fundamental consiste en el reparto de carbón para uso doméstico, razón por la cual, uno de los vehículos permanece parado hasta los meses de verano.¿Como se probaría ante la Administración Tributaria el período de paralización del vehículo?

Respuesta corta: 

La instrucción 7 establece para determinar el rendimiento neto anual, el promedio de los módulos se determinará en función de las horas, cuando se trate de personal asalariado y no asalariado, o días, en los restantes casos, de efectivo empleo, utilización o instalación, salvo para el consumo de energía eléctrica o distancia recorrida, en que se tendrán en cuenta, respectivamente, los kilovatios/hora consumidos o kilómetros recorridos. Para el cómputo de días efectivos se tendrán en consideración los días destinados al descanso semanal o vacacional de la actividad. Por tanto, el módulo capacidad de carga deberá cuantificarse en función de los días en que cada vehículo afecto a la actividad se haya utilizado en la misma.
La no utilización del tractocamión en la actividad durante ciertos días del año, es una cuestión de hecho, que podrá acreditarse mediante cualquiera de los medios de prueba generalmente admitidos en derecho, cuya valoración, en su caso, corresponderá a los órganos de comprobación de gestión e inspección de la Administración Tributaria, teniendo en cuenta, que en los procedimientos tributarios.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 0221 - 04 , de 22 de octubre de 2004
DGT V1493-10 de 02/07 y V0220-08 de 06/02
ID: 
127843