¿Procede aplicar el incremento de gasto deducible por movilidad geográfica cuando una persona aprueba una oposición y cuyo primer destino exige traslado de la residencia al municipio de trabajo?
Siempre que a la fecha de su nombramiento como funcionario el contribuyente estuviera desempleado e inscrito en la oficina de empleo siendo destinado a un municipio distinto al de su residencia habitual, debiendo trasladar su residencia habitual a un nuevo municipio, podrá aplicar el incremento de gasto por movilidad geográfica, al concurrir las circunstancias previstas en la normativa.
Pero no podrá aplicarse si la inscripción en la oficina de empleo se produce después del nombramiento como funcionario aunque sea antes de la toma de posesión.
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