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MOVILIDAD GEOGRÁFICA: CUANTÍA A PARTIR DE 1/1/2015

Consulta: 
<p><strong>¿Cuál es el importe que procede aplicar como incremento del gasto deducible por aquellos trabajadores desempleados que acepten un puesto de trabajo que exija el traslado de su residencia habitual?</strong></p>
Respuesta corta: 

A partir de 1 de enero de 2015, tratándose de contribuyentes desempleados inscritos en la oficina de empleo que acepten un puesto de trabajo que exija el traslado de su residencia habitual a un nuevo municipio, se incrementará la cuantía prevista en el artículo 19.2.f) LIRPF (2.000 euros anuales), en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente, en 2.000 euros anuales adicionales.

Respuesta extendida: 
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ID: 
136418