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MOVILIDAD GEOGRÁFICA: TRABAJADOR FIJO DISCONTINUO

Consulta: 

Persona con un contrato de trabajo fijo discontinuo, que cada año reanuda su relación laboral de abril a octubre con la empresa, trasladando su residencia habitual a otra provincia. El resto del año que no trabaja es demandante de empleo, inscrito en la oficina de empleo. ¿Tendría derecho a aplicar la el incremento de gasto deducible por movilidad geográfica todos los años?

Respuesta corta: 

Conforme a la regulación de contratos de fijos-discontinuos, las convocatorias a los trabajadores realizadas por el empleador no implican la aceptación por éstos de un nuevo puesto de trabajo, sino la simple reanudación de la actividad de acuerdo con lo previsto en el respectivo convenio colectivo.

Al tratarse de un puesto de trabajo de carácter fijo discontinuo, la reanudación periódica del mismo por el contribuyente con posterioridad a la aceptación de dicho puesto de trabajo no implica la aceptación por aquél de un nuevo puesto de trabajo sino que constituye la simple reanudación de su actividad, la cual no generará el derecho a la aplicación del incremento de gasto deducible del rendimiento íntegro del trabajo por movilidad geográfica.

Respuesta extendida: 
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ID: 
136424