Las aportaciones al régimen especial de la Mutualidad de Previsión Social de los deportistas profesionales pueden efectuarlas:
- Los deportistas profesionales, incluídos en el ámbito de aplicación del Real Decreto 1006/1995, por el que se regula la relación laboral especial de los deportistas profesionales, y
- Los deportistas de alto nivel incluídos en el ámbito de aplicación del Real Decreto 971/2007 sobre deportistas de alto nivel.
La condición de mutualista y asegurado recaerá, en todo caso, en el deportista profesional o de alto nivel. No se pueden realizar aportaciones al régimen especial una vez que finalice la vida laboral como deportista profesional o se pierda la condición de deportista de alto nivel.



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