¿Reducen la base imponible general las aportaciones realizadas por trabajadores por cuenta ajena a mutualidades de previsión social adscritas a Colegios Profesionales?
Las cantidades abonadas a mutualidades de previsión social adscritas a un Colegio Profesional por los mutualistas colegiados que sean trabajadores por cuenta ajena, por sus cónyuges y familiares consanguíneos de primer grado, así como por los trabajadores de las citadas mutualidades, pueden reducir la base imponible general, con los límites establecidos con carácter general, siempre y cuando exista un acuerdo de los órganos correspondientes de la mutualidad que sólo permita cobrar las prestaciones cuando concurran las contingencias previstas para percibir las prestaciones de los planes de pensiones.
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