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NACIMIENTO OBLIGACIÓN DE DECLARAR

Consulta: 

¿En que ejercicio comienza la obligación de presentar la declaración por el impuesto para una sociedad mercantil: en el ejercicio que se otorga la escritura o en el que se inscribe en el registro mercantil?

Respuesta corta: 

El artículo 136.1 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (LIS), establece que:

Los sujetos pasivos estarán obligados a presentar y suscribir una declaración por este Impuesto en el lugar y en la forma determinados por el Ministro de Economía y Hacienda.
La declaración se presentará en el plazo de los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores a la conclusión del período impositivo.

(...)

Por consiguiente, en general, están obligados a presentar declaración todos los sujetos pasivos del impuesto. El artículo 7 de la LIS determina que las personas jurídicas tienen la consideración de sujetos pasivos del mismo. Las sociedades adquirirán su personalidad jurídica desde el momento de la inscripción en el Registro Mercantil de su escritura pública de constitución, quedando obligadas a declarar por el período en que se produce la inscripción.

Respuesta extendida: 
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Normativa: 
Artículo 7 TRLIS Real Decreto Legislativo 4 / 2004 , de 05 de marzo de 2004 .
Artículo 136 TRLIS Real Decreto Legislativo 4 / 2004 , de 05 de marzo de 2004 .
Consulta de la D.G.T. 2128 - 99 , de 11 de noviembre de 1999
ID: 
128494