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NAVE ARRENDADA AL AYUNTAMIENTO

Consulta: 

Un contribuyente propietario de una nave industrial la alquila al ayuntamiento de su localidad. ¿Tiene el ayuntamiento la obligación de practicarle la retención?

Respuesta corta: 

Sí. Los organismos públicos arrendatarios, estarán obligados a practicar retención sobre dichos rendimientos siempre que no resulte aplicable ninguna de las excepciones generales sobre cuantía de la renta satisfecha o que el arrendador esté obligado a tributar por alguno de los epígrafes del Grupo 861 de la Sección 1ª del IAE y no resulte cuota cero.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
ID: 
137076