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NOTARÍA

Consulta: 

Una sociedad civil que desarrolla la actividad de Notaría, dada de alta en el epígrafe 841 de la sección primera de las tarifas del IAE Servicios Jurídicos, no está constituida como sociedad profesional al amparo de la Ley 2/2007, de 15 de marzo, de Sociedades Profesionales, por el carácter de funcionarios públicos de sus socios. ¿Será contribuyente por el Impuesto sobre Sociedades a partir de 1 de enero de 2016?

Respuesta corta: 


El artículo 7.1.a) de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades (LIS), establece que serán contribuyentes del Impuesto, cuando tengan su residencia en territorio español: a) Las personas jurídicas, excluidas las sociedades civiles que no tengan objeto mercantil. De esta forma se incorporan unos nuevos contribuyentes al Impuesto sobre Sociedades, las sociedades civiles con objeto mercantil, a diferencia de lo que ocurría con anterioridad a 1 de enero de 2016, en que todas las sociedades civiles tributaban bajo el régimen de atribución de rentas.

El artículo 2 del Decreto de 2 de junio de 1944, por el que se aprueba con carácter definitivo el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, establece que el ejercicio de la fe pública corresponde íntegra y plenamente a los notarios de España. Por tanto, el ejercicio de las actividades atribuidas a las notarías corresponde a los notarios titulares de los mismos, que realizan unas funciones específicas de ejercicio de la fe pública, con dependencia del Ministerio de Justicia a través de la Dirección General de los Registros y del Notariado y cuya retribución está establecida en función del arancel notarial. De acuerdo con lo anterior, el rendimiento correspondiente a cada notaría, actúe un notario o varios en régimen de unión de despacho, deberá ser objeto de imputación al notario o notarios titulares del mismo, por lo que, al no poder ser una sociedad civil con personalidad jurídica titular de esta actividad, los rendimientos correspondientes a cada notaría por su actividad propia en ningún caso tributarán por el Impuesto sobre Sociedades.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 7 Ley 27 / 2014 , de 27 de noviembre de 2014 .
Artículo 6 Ley 27 / 2014 , de 27 de noviembre de 2014 .
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 3770 - 2016 , de 08 de septiembre de 2016
ID: 
138950