¿Qué obligación incumbe a los socios de la entidad cuya participación sea igual o superior al 5% y tributen al menos a un tipo del 10%?
Los socios cuya participación en el capital social de la entidad sea igual o superior al 5% y que reciban dividendos o participaciones en beneficios que tributen a un tipo de, al menos, el 10%, estarán obligados a notificar tal circunstancia a la entidad en el plazo de 10 días a contar desde el siguiente a aquel en que los mismos sean satisfechos.
De no existir esta notificación, se entenderá que los dividendos o participaciones en beneficios están exentos o tributan a un tipo de gravamen inferior al 10%.
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