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OBLIGACIÓN DE DECLARAR

Consulta: 

 

¿Tienen obligación de presentar declaración las entidades parcialmente exentas?

Respuesta corta: 

 

Los sujetos pasivos a que se refiere el capítulo XV del título VII, estarán obligados a declarar la totalidad de sus rentas, exentas y no exentas.

No obstante, los citados sujetos pasivos no tendrán obligación de presentar declaración cuando cumplan los siguientes requisitos:

a) Que sus ingresos totales no superen 100.000 euros anuales.

b) Que los ingresos correspondientes a rentas no exentas sometidas a retención no superen 2.000 euros anuales.

c) Que todas las rentas no exentas que obtengan estén sometidas a retención.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 136 TRLIS Real Decreto Legislativo 4 / 2004 , de 05 de Marzo de 2004 .
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 1358 - 10 , de 17 de junio de 2010
ID: 
124278