Un contribuyente, de nacionalidad británica y residente en España, percibe como principal fuente de renta una pensión que recibe de Inglaterra. ¿Está obligado a presentar declaración si no percibe otras rentas que le obliguen a ello?
En el presente caso, dado que el pagador de la pensión no está obligado a retener a cuenta del IRPF, el límite de la obligación de declarar relativo a los redimientos de trabajo es de 12.000 euros.
En consecuencia, el contribuyente estará obligado a declarar si la pensión que percibe de Inglaterra supera el importe anual citado.
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