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OBLIGACIONES DOCUMENTACIÓN: OPERACIONES ESPECÍFICAS

Consulta: 

¿Cuáles son las operaciones específicas excluidas de la exoneración del cumplimiento de las obligaciones de documentación de las operaciones vinculadas, establecida para los sujetos pasivos del Impuesto?

Respuesta corta: 

Los sujetos pasivos del Impuesto no quedarán exonerados del cumplimiento de las obligaciones de documentación de las operaciones vinculadas cuando se trate de alguno de los siguientes tipos de operaciones:

1º. Operaciones realizadas con personas o entidades residentes en paraísos fiscales, excepto que residan en un Estado miembro de la Unión Europea y el sujeto pasivo acredite que las operaciones responden a motivos económicos válidos y que esas personas o entidades realizan actividades económicas.

2º. Operaciones realizadas con personas físicas a las que resulte de aplicación el método de estimación objetiva por sociedades en las que dichas personas físicas o sus parientes tengan una participación igual o superior al 25% del capital social o de los fondos propios.

3º. Transmisiones de negocios o valores o participaciones representativos de la participación en fondos propios de entidades no admitidas a negociación en mercados regulados.

4º. Transmisiones de inmuebles u operaciones sobre activos intangibles.

Todas estas operaciones conservan las obligaciones de documentación establecidas reglamentariamente, salvo que les resulte de aplicación la exoneración establecida en el artículo 16.2 del TRLIS (cifra de negocios < 10 millones de euros; importe total de operaciones vinculadas < 100.000 euros de valor de mercado, exceptuando operaciones con residentes en paraísos fiscales).

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 16.2 TRLIS Real Decreto Legislativo 4 / 2004 , de 05 de marzo de 2004 .
Artículo 14 Real Decreto Ley 6 / 2010 , de 09 de abril de 2010 .
Artículo 18 al 20 RIS Real Decreto 1777 / 2004 , de 30 de julio de 2004 .
Artículo único Real Decreto 897 / 2010 , de 09 de julio de 2010 .
Artículo 1 Real Decreto Ley 13 / 2010 , de 03 de diciembre de 2010 .
Artículo primero y Disposición Adicional Séptima.2 Ley 36/2006, de 29 de noviembre
Artículo único y Disposición Adicional Tercera Real Decreto 1793/2008, de 3 de noviembre
ID: 
130519