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OBLIGACIONES DE INFORMACIÓN

Consulta: 

A efectos fiscales, ¿qué obligaciones de información incumben a la sociedad dominante?

Respuesta corta: 

La sociedad dominante deberá formular, a efectos fiscales, el balance, la cuenta de pérdidas y ganancias, un estado que refleje los cambios en el patrimonio neto del ejercicio y un estado de flujos de efectivo consolidados, aplicando el método de integración global a todas las sociedades que integran el grupo fiscal, acompañando información sobre las eliminaciones e incorporaciones practicadas, así como sobre las diferencias entre las realizadas a efectos de determinar la base imponible y las realizadas a efectos de la elaboración de los documentos anteriores.

Las cuentas anuales consolidadas se referirán a la misma fecha de cierre y período que las cuentas anuales de la sociedad dominante debiendo las sociedades dependientes cerrar su ejercicio social en la fecha en que lo haga la sociedad dominante.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 79 TRLIS Real Decreto Legislativo 4 / 2004 , de 05 de marzo de 2004 .
Disposición adicional octava Ley 16 / 2007 , de 04 de julio de 2007 .
ID: 
124954