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OEA - Socios comerciales

Consulta: 

¿Cómo puedo cumplir con el requisito de seguridad relativo a socios comerciales?

Respuesta corta: 

Acordando requisitos de seguridad, incluso contractuales, con tales socios comerciales, que podrían ser, entre otros, relativos al marcaje, etiquetado, precintado etc. Implantando en la empresa procedimientos de control de socios comerciales.

En el supuesto de operaciones esporádicas resulta conveniente que la empresa adopte algún tipo de medida para minimizar el mayor riesgo asumido.

Las autoridades aduaneras de Bruselas recomiendan, si bien no como primera ni única solución, el uso de la “Declaración de Seguridad para Operadores Económicos Autorizados”, que se publica en las Orientaciones OEA en vigor.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 23 del REGLAMENTO (UE) Nº 952/2013 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 9 de octubre de 2013 por el que se establece
el Código Aduanero de la Unión
REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2015/2446 DE LA COMISIÓN de 28 de julio de 2015 por el que se completa el Reglamento (UE) nº 952/2013 del
Parlamento Europeo y del Consejo con normas de desarrollo relativas a determinadas disposiciones del Código Aduanero de la Unión
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2015/2447 DE LA COMISIÓN de 24 de noviembre de 2015 por el que se establecen normas de desarrollo de
determinadas disposiciones del Reglamento (UE) nº 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el Código
Aduanero de la Unión
ID: 
137434