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PARTICIPACIONES EN FIAMM

Consulta: 

¿Deben integrarse en la base imponible del Impuesto sobre Sociedades los beneficios derivados de participaciones en Fondos de Inversión en Activos del Mercado Monetario (FIAMM)?

Respuesta corta: 

Sí, se integrará en la base imponible el importe de las rentas contabilizadas o que deben contabilizarse por el sujeto pasivo derivadas de las acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva.

Conforme a lo establecido en la Resolución del Instituto de Contabilidad y Auditoría de cuentas de 27 de julio de 1992: El rendimiento producido por las participaciones en los Fondos de Inversión en Activos del Mercado Monetario, determinado por la diferencia existente entre el valor liquidativo en la fecha de la enajenación o cierre del ejercicio y el valor contable de la misma, se contabilizará como ingreso financiero, incrementando el valor contable de la participación. En el caso de que dicho rendimiento fuera negativo, se registrará la pérdida disminuyendo el valor de la participación.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 59 TRLIS Real Decreto Legislativo 4 / 2004 , de 05 de marzo de 2004 .
Resolución ICAC 27 de julio de 1992
ID: 
126061