¿ Qué régimen fiscal especial existe para las participaciones preferentes?
Aquellas participaciones preferentes que hayan sido emitidas cumpliendo los requisitos recogidos en el apartado primero de la disposición adicional segunda de la Ley 13/198 se beneficiarán de un régimen financiero y fiscal especial.
De acuerdo con este régimen fiscal las rentas derivadas de las participaciones preferentes se calificarán como rendimientos obtenidos por la cesión a terceros de capitales propios.
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