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Particulares - Diplomaticos y consulares: límites en franquicias

Consulta: 

¿Cuáles son los límites  aplicables a las franquicias en régimen diplomático?

Respuesta corta: 

Son las siguientes:

-Automóviles: Para los Jefe de Misión (Embajadores), el número de unidades podrá alcanzar hasta 4; para los Agentes diplomáticos, funcionarios consulares de carrera o de funcionarios con estatuto diplomático de Organismos Internacional con sede en España, el número de unidades no podrá exceder de 3 y para el personal técnico-administrativo y empleados consulares, el número de unidades no podrá exceder de 1.

- Baremo de las Franquicias de Labores del tabaco referidas al conjunto de importaciones o adquisiciones efectuadas en un trimestre natural: Para los Jefes de Misión, 18.000 unidades de cigarrillos y 130 unidades de cigarros puros. Para el resto de personal diplomático, consular y de organismos internacionales, 9.000 unidades de cigarrillos y 65 unidades cigarros puros.

- Baremo de las Franquicias de Alcoholes y Bebidas derivadas referidas al conjunto de importaciones o adquisiciones efectuadas en un trimestre natural: Para los Jefes de Misión, 180 litros de bebidas derivadas y 60 litros de vino espumoso. Para el resto de personal diplomático, consular y de organismos internacionales, 90 litros de bebidas derivadas y 30 litros de vino espumoso.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
RD 3485/2000, 29 de diciembre, sobre franquicias y exenciones y exenciones en régimen diplomático y consular y de Organizaciones
Internacionales (BOE 30/12/2000)
OM 24 de mayo 2001 que fija los límites de las franquicias en régimen Diplomático Consular y de Organismos Internacionales
Art.60 Ley 37/1992,de 28 de diciembre, el Impuesto sobre el Valor Añadido
Art. 66 de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales
ID: 
137706