¿Qué bonificación establece la Comunidad Autónoma de Cataluña que podrá ser aplicada a partir de enero de 2004 por los sujetos pasivos residentes en su territorio y cuales son los requisitos que se deben cumplir?
La Comunidad Autónoma de Cataluña establece una bonificación de los patrimonios protegidos de las personas discapacitadas.
Como requisitos para la aplicación:
- Que tenga su residencia habitual en la Comunidad Autónoma de Cataluña.
- Que entre los elementos patrimoniales integrantes de la base imponible se hayan incluido bienes y/o derechos que formen parte del patrimonio especialmente protegido del sujeto pasivo, constituido al amparo de la Ley 41/2003 de 18 de noviembre.
- Importe de la bonificación, el 99 por 100 de la parte de cuota minorada que proporcionalmente corresponda al valor neto de los bienes y derechos por los que el sujeto pasivo tenga derecho a la bonificación.
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