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Patrimonio - Exención vivienda habitual: vivienda en construcción

Consulta: 

La exención establecida en el Impuesto sobre el patrimonio respecto a la vivienda habitual, hasta la cuantía de 150.253,03 euros ¿es aplicable cuando se trate de la futura vivienda habitual que se ecuentra en construcción?

Respuesta corta: 

A efectos de la exención establecida en el Impuesto sobre el Patrimonio respecto a la vivienda habitual, hay que entender como tal la edificación que constituya la residencia habitual del contribuyente durante un plazo continuado de, al menos, tres años. Por tanto, la exención no resulta aplicable en los supuestos de viviendas en construcción.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 4 .nueve Ley 19 / 1991 , de 06 de junio de 1991 del Impuesto sobre el Patrimonio .
Informe de la DGT de 26 de abril de 2005
ID: 
125834