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Patrimonio - Inmuebles arrendados: contratos anteriores a 9/5/1985

Consulta: 

¿Cuál es el valor a efectos del Impuesto sobre el Patrimonio de las viviendas y locales de negocio arrendados con contratos celebrados con anterioridad al 9 de mayo de 1985?

Respuesta corta: 

Para estos inmuebles el valor se calculará de la siguiente forma:

a) En primer lugar se hallará el mayor valor de los tres siguientes:

1. Precio, contraprestación o valor de adquisición;

2. Valor catastral y

3. Valor comprobado por la administración.

b) A continuación se capitalizará al 4 por 100 la renta anual devengada en el ejercicio.

El menor de los valores de la letra a) y el calculado de acuerdo con la letra b), será el que debe figurar a efectos del Impuesto sobre el Patrimonio.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 10 Ley 19 / 1991 , de 06 de junio de 1991 .
Disposición transitoria 2 ª Ley 29 / 1994 , de 24 de noviembre de 1994 de Arrendamientos Urbanos apart.10.1 .
ID: 
104855