¿Cuál debe ser el criterio para considerar las joyas y pieles como de carácter suntuario a efectos de excluirlas del ajuar doméstico?
El término suntuario sólo está referido a las pieles, sin que exista un criterio delimitador del mismo, por lo que, entendemos, habrá que acudir a su sentido usual. Las joyas no integran, en ningún caso, el ajuar doméstico.
... desde que encontré a Serapeum, especialmente Josep Navarro, me he dado cuenta que realmente Josep es un gran profesional, no sólo te asesora sinó que con la jurisprudencia correspondiente, te explica en que situación te encuentras. Actualmente, me está llevando de una manera altamente profesional un tema que complicó mi asesor fiscal anterior ...