¿Cuál es el valor en los derechos derivados de la propiedad intelectual e industrial, adquiridos de terceros?
Se trata de derechos derivados de la Propiedad Intelectual e Industrial adquiridos a terceros cuya titularidad corresponde al declarante.
El valor a tener en cuenta por el adquirente de dichos derechos será su valor de adquisición. Cuando estos derechos se hayan adquirido en el ejercicio de una actividad empresarial o profesional y estén afectos a la misma, no serán objeto de valoración independiente, sino que se valorarán junto con los demás bienes y derechos afectos a dichas actividades.
... desde que encontré a Serapeum, especialmente Josep Navarro, me he dado cuenta que realmente Josep es un gran profesional, no sólo te asesora sinó que con la jurisprudencia correspondiente, te explica en que situación te encuentras. Actualmente, me está llevando de una manera altamente profesional un tema que complicó mi asesor fiscal anterior ...