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Patrimonio - Representante de sujetos pasivos no residentes

Consulta: 

¿Obligación de una persona no residente en España de nombrar un representante en relación con las obligaciones de este impuesto?

Respuesta corta: 

Los sujetos pasivos no residentes en territorio español vendrán obligados a nombrar una persona física o jurídica con residencia en España para que les represente ante la Administración tributaria en relación con sus obligaciones por este impuesto, cuando operen por mediación de un establecimiento permanente o cuando por cuantía y características del patrimonio del sujeto pasivo situado en el territorio español, así lo requiera la Administración tributaria, y a comunicar dicho nombramiento, debidamente acreditado, antes del fin del plazo de presentación de la declaración del impuesto.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 6 Uno Ley 19 / 1991 , de 06 de junio de 1991 ; Redacción por Ley 58/2003 (disp.final séptima) .
ID: 
104835