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Patrimonio - Valoración inmuebles: multipropiedad

Consulta: 

¿Cuál es el valor a tener en cuenta en los bienes inmuebles adquiridos por contratos de multipropiedad, propiedad a tiempo parcial o fórmulas similares?

Respuesta corta: 
  • Si suponen la titularidad parcial del inmueble (copropiedad), será el mayor de los tres siguientes: el valor catastral, el comprobado por la administración a efectos de otros tributos o el precio, contraprestación o valor de adquisición.
  • Si no suponen la titularidad parcial del inmueble (participación en sociedad o club), será el precio de adquisición de los certificados u otros títulos representativos de los mismos.
Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 10 Tres Ley 19 / 1991 , de 06 de junio de 1991 .
ID: 
104848