¿Cómo se computan los límites y cuantías establecidos con carácter general en caso de período impositivo inferior al año?
Cuando el período impositivo sea inferior al año natural, los límites y cuantías establecidos con carácter general en la normativa del impuesto, como los correspondientes a obligación de declarar, reducciones por rendimiento neto del trabajo, mínimo personal y familiar y base máxima de la deducción por vivienda habitual, no se prorratean en función de los días del período impositivo, dado que la ley del impuesto no contempla el prorrateo para estos casos.
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