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PLAN AMORTIZACIÓN: PLAZO DE RESOLUCIÓN

Consulta: 

¿En que plazo deberá finalizar el procedimiento establecido para la resolución de los planes de amortización de elementos patrimoniales del inmovilizado material, intangible o inversiones inmobiliarias?

Respuesta corta: 

El procedimiento deberá finalizar antes de tres meses contados desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en cualquiera de los registros del órgano administrativo competente o desde la fecha de subsanación de la misma a requerimiento de dicho órgano.

Transcurrido dicho plazo sin haberse producido una resolución expresa se entenderá aprobado el plan de amortización formulado por el sujeto pasivo.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 5 RIS Real Decreto 1777 / 2004 , de 30 de Julio de 2004 .
Artículo único Real Decreto 1793 / 2008 , de 03 de noviembre de 2008 .
ID: 
124365