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PLAN DE INVERSIÓN. INFRACCIONES

Consulta: 

¿Constituye infracción tributaria la falta de presentación del plan de inversiones o su presentación incorrecta?

Respuesta corta: 

Sí.

La no presentación del plan de inversiones se sancionará con multa pecuniaria proporcional del 2% de dotación efectuada a la RIC a cuya materialización debería haberse referido.

La omisión, falseamiento o inexactitud de los datos que deben contenerse en el plan de inversión se sancionará con multa pecuniaria fija de 150 euros por cada dato omitido, falso o inexacto, con un mínimo de 500 euros.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 27 Ley 19 / 1994 , de 29 de diciembre de 1994 .
Artículo primero Real Decreto Ley 12 / 2006 , de 29 de diciembre de 2006 .
ID: 
129488