¿En qué consisten los planes de previsión asegurados?
Los planes de previsión asegurados son contratos de seguro que deben cumplir los siguientes requisitos:
a) El contribuyente debe ser el tomador del seguro, el asegurado y el beneficiario.
b) Las contingencias cubiertas deben ser únicamente las previstas en la normativa de los planes de pensiones: jubilación, incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, muerte, dependencia severa y gran dependencia, aunque deberán tener como cobertura principal la jubilación.
c) Sólo se permitirá su disposición anticipada en los supuestos de enfermedad grave o desempleo de larga duración.
d) Deberán ofrecer obligatoriamente una garantía de interés y utilizar técnicas actuariales.
e) En el condicionado de la póliza se hará constar de forma expresa y destacada que se trata de un plan de previsión asegurado.
El tomador del seguro podrá movilizar la totalidad o una parte de su provisión matemática a otro u otros planes de previsión asegurados de los que sea tomador o a uno o varios planes de pensiones del sistema individual o asociado de los que sea partícipe.
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