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PLAZO DE REGISTRO

Consulta: 

Una sociedad que cumpla los términos, requisitos y condiciones del artículo 25 de la LIS y por tanto tenga derecho a la reducción en la base imponible del 10 por ciento del importe del incremento de los fondos propios. ¿Con que fecha habrá de contabilizar la dotación de la reserva de capitalización?

Respuesta corta: 


Teniendo en cuenta que sólo a la finalización del período impositivo es posible conocer el incremento de fondos propios que se haya realizado en dicho período, habiéndose por tanto generado un incremento en las reservas de la entidad, el cumplimiento formal relativo a registrar en balance una reserva calificada como indisponible con absoluta separación y título separado se entenderá cumplido siempre que la dotación formal de dicha reserva de capitalización se produzca en el plazo legalmente previsto en la normativa mercantil para la aprobación de las cuentas anuales del ejercicio correspondiente al período impositivo en que se aplique la reducción.

En concreto, a efectos de aplicar una reducción en la base imponible de un periodo impositivo, en el que ejercicio económico de la entidad coincida con el año natural, en la medida en que a 31 de diciembre de ese ejercicio se haya producido un incremento de los fondos propios respecto a los existentes a 1 de enero, en los términos definidos en el artículo 25 de la LIS, y se haya producido un incremento de reservas, con independencia de que no esté formalmente registrada la reserva de capitalización, podrá aplicarse la reducción prevista en dicho artículo en la base imponible de dicho período impositivo, disponiéndose del plazo previsto en la norma mercantil para la aprobación de las cuentas anuales del ejercicio para reclasificar la reserva correspondiente a la reserva de capitalización, con objeto de que la misma figure en el balance con absoluta separación y título apropiado, aunque dicho cumplimiento formal se realice en el balance de las cuentas anuales del ejercicio siguiente. Esta reserva será indisponible durante el plazo de 5 años desde el 31 de diciembre del ejercicio en que se aplique la reducción.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 25 Ley 27 / 2014 , de 27 de noviembre de 2014 .
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 4127 - 2015 , de 22 de diciembre de 2015
ID: 
138953