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PORCENTAJES DE LA DEDUCCIÓN HASTA 31-12-2010

Consulta: 

¿Cuáles son los porcentajes de deducción aplicables en los períodos impositivos que se inicien a partir del 1.1.2007?

Respuesta corta: 

Para determinar la deducción establecida en el artículo 37 del TRLIS, el porcentaje de deducción aplicable será:

  • 12%, en los períodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2007.
  • 9%, en los períodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2008.
  • 6%, en los períodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2009.
  • 3%, en los períodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2010.

Con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1 de enero de 2011 queda derogada esta deducción por actividades de exportación.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Disposición adicional décima TRLIS Real Decreto Legislativo 4 / 2004 , de 05 de marzo de 2004 .
Disposición derogatoria 2 Ley 35 / 2006 , de 28 de noviembre de 2006 .
Disposición derogatoria Ley 14 / 2013 , de 27 de septiembre de 2013 .
ID: 
127501