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PORCENTAJES INCREMENTADOS: REINVERSIÓN

Consulta: 

Contribuyente compra vivienda habitual por 30.000 euros financiándola con un préstamo. Al año siguiente vende su anterior vivienda habitual por 20.000 euros y los destina a amortizar parte del préstamo. ¿Se incumple el requisito de no amortizar más del 40% en tres primeros años?

Respuesta corta: 

No. Cuando la adquisición de la nueva vivienda se produce antes de la venta de la anterior y el importe obtenido por la transmisión se destina a la amortización del préstamo solicitado para la compra de la nueva, a efectos de determinar si se cumple el requisito de que durante los tres primeros años no se amortice más del 40 por 100 del préstamo solicitado, no se computa la amortización de cantidades efectuada como consecuencia de la reinversion. Por tanto, en el caso planteado no se entiende incumplido dicho requisito, puesto que la amortización de los 20.000 euros tiene lugar por la reinversión.

Respuesta extendida: 
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ID: 
136801