Con efectos para los períodos impositivos que se inicien en 2015, ¿cuáles son los porcentajes establecidos para determinar la cuantía de los pagos fraccionados en la modalidad del artículo 40.3 de la LIS?
Los porcentajes establecidos son:
1º- Tratándose de contribuyentes cuyo importe neto de la cifra de negocios no haya superado la cantidad de 6 millones de euros durante los 12 meses anteriores a la fecha en que se inicien los períodos impositivos dentro del año 2015, el resultado de multiplicar por cinco séptimos el tipo de gravamen redondeado por defecto.
2º- Tratándose de contribuyentes cuyo importe neto de la cifra de negocios haya superado la cantidad de 6 millones euros durante los 12 meses anteriores a la fecha en que se inicien los períodos impositivos dentro del año 2015:
- El resultado de multiplicar por cinco séptimos el tipo de gravamen redondeado por defecto, cuando en esos 12 meses el importe neto de la cifra de negocios sea inferior a 10 millones de euros.
- El resultado de multiplicar por quince veinteavos el tipo de gravamen redondeado por exceso, cuando en esos 12 meses el importe neto de la cifra de negocios sea al menos 10 millones de euros pero inferior a 20 millones de euros.
- El resultado de multiplicar por diecisiete veinteavos el tipo de gravamen redondeado por exceso, cuando en esos 12 meses el importe neto de la cifra de negocios sea al menos 20 millones de euros pero inferior a 60 millones de euros.
- El resultado de multiplicar por diecinueve veinteavos el tipo de gravamen redondeado por exceso, cuando en esos 12 meses el importe neto de la cifra de negocios sea al menos 60 millones de euros.
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