Condiciones que se deben cumplir en la convocatoria de los premios para que pueda solicitarse la exención.
La convocatoria debe reunir los siguientes requisitos:
- Tener carácter nacional o internacional.
- No establecer limitación alguna a los concursantes por razón ajena al propio premio.
- Su anuncio debe hacerse en el BOE o BOCA y además en al menos un periódico de gran circulación nacional.
- La exención debe solicitarse al Mº. Economía y Hacienda por los convocantes con carácter previo a la concesión del premio, el cual resolverá expresamente en el plazo de 6 meses. Declarada por la Administración tributaria, los convocantes, en el plazo de 1 mes desde la concesión, comunicarán a la misma el premio concedido y los datos de los beneficiarios.
Para premios que se convoquen en el extranjero o por Organizaciones internacionales sólo se exige el requisito de no establecer limitación alguna que no sea por razón de la esencia del propio premio. La declaración de la exención deberá ser solicitada al Ministerio de Economía y Hacienda, por la persona premiada antes del inicio del período reglamentario de declaración del ejercicio en el que se hubiera obtenido.
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