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PRIMERA ADQUISICIÓN VIVIENDA: CONCEPTO

Consulta: 

¿Qué debe entenderse por primera adquisición de vivienda habitual a efectos de aplicar la deducción por aportaciones a cuenta vivienda?En caso de ser titular o cotitular de una vivienda no habitual ¿Podrá aplicar deducción por las aportaciones a cuenta vivienda?

Respuesta corta: 

Cuando el contribuyente fuera o hubiera sido titular o cotitular de una vivienda, no podrá efectuar aportaciones deducibles a una cuenta vivienda si ésta hubiese tenido el carácter de vivienda habitual, siendo irrelevante a estos efectos que no se haya deducido por viviendas anteriores.

Por el contrario, si la vivienda de la que fuese o hubiera sido titular o cotitular no hubiera tenido el carácter de vivienda habitual, de manera que el contribuyente no ha sido nunca, con anterioridad a la adquisición, propietario de otra edificación que hubiera constituido en algún momento su vivienda habitual, podrá practicar la deducción por las aportaciones que realice a una cuenta vivienda, siempre que finalmente dichos fondos se destinen a la primera adquisición de su vivienda habitual y se cumplan todos los requisitos legales y reglamentarios para practicar dicha deducción.

Respuesta extendida: 
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ID: 
136760