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PROMOTOR DE SU PROPIA VIVIENDA

Consulta: 

Una persona física quiere promover la construcción de una vivienda para uso propio; con este fin contratará la ejecución de la obra a diferentes empresas e instaladores y se encargará de comprar directamente los materiales, soportando el correspondiente IVA. ¿Puede darse de alta ocasionalmente como empresario y así pedir la devolución de dicho impuesto?

Respuesta corta: 

Dado que la finalidad es la construcción de una vivienda para uso propio, no para la venta, la persona que promueve esta operación no puede ser calificada de empresario a efectos del IVA en lo que a dicha construcción se refiere.

Por tanto, actuará como consumidor final y deberá soportar el IVA correspondiente, tanto a la ejecución de la obra como a la adquisición de materiales de construcción, sin que quepa posibilidad de deducir cantidad alguna ni pedir la devolución del mismo.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
ID: 
106569