• English
  • Español

PROVISIONES DEDUCIBLES EN EJERCICIOS ANTERIORES

Consulta: 

En el supuesto de provisiones dotadas conforme al antiguo PGC, que fueron fiscalmente deducibles, ¿tiene efectos fiscales el abono a reservas como consecuencia del incumplimiento de los requisitos exigidos en el nuevo PGC para tener la consideración de provisión? ¿Y si no fueron fiscalmente deducibles?

Respuesta corta: 

El abono a reservas de provisiones fiscalmente deducibles tiene efecto fiscal por aplicación de la disposición transitoria vigésimo sexta del TRLIS. Si no fueron fiscalmente deducibles, el abono a reservas no tiene trascendencia fiscal.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Disposición transitoria vigésimo sexta TRLIS Decreto Legislativo 4 / 2004 , de 05 de marzo de 2004 .
Artículo primero Ley 4 / 2008 , de 23 de diciembre de 2008 .
Disposición transitoria primera Real Decreto 1514 / 2007 , de 16 de noviembre de 2007 .
ID: 
129551