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RECARGOS DEL PERIODO EJECUTIVO

Consulta: 

¿Son gastos deducibles los recargos del período ejecutivo?

Respuesta corta: 

No. Los recargos del período ejecutivo en ningún caso tendrán la consideración de gastos fiscalmente deducibles para determinar la base imponible del Impuesto sobre Sociedades.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 15 Ley 27 / 2014 , de 27 de noviembre de 2014 .
ID: 
134502