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REDUCCIÓN APORTACIONES SISTEMAS PREVISIÓN SOCIAL: LÍMITE CONJUNTA

Consulta: 

¿Cómo se aplican, en tributación conjunta, los límites establecidos para la reducción de las aportaciones a sistemas de previsión social?

Respuesta corta: 

Los límites de la reducción por aportaciones a los sistemas de previsión social se aplican de forma individual para cada partícipe, con independencia de la forma de tributación: individual o conjunta. Por tanto, la reducción de las aportaciones realizadas por cada partícipe no podrá exceder de la menor de las siguientes cuantías:

a) 8.000 euros anuales.

b) 30 por 100 de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas.

Por otra parte, como consecuencia de la reducción, no puede resultar negativa la base liquidable general.

Respuesta extendida: 
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ID: 
134950