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REDUCCIÓN DE LA BASE IMPONIBLE

Consulta: 

Para los períodos impositivos que se inicien a partir del 1.1.2008, ¿en qué importe se reducirá la base imponible correspondiente a las comunidades titulares de montes vecinales en mano común?

Respuesta corta: 

La base imponible correspondiente a las comunidades titulares de montes vecinales en mano común se reducirá en el importe de los beneficios del ejercicio que se apliquen a:

a) Inversiones para la conservación, mejora, protección, acceso y servicios destinados al uso social al que el monte esté destinado.

b) Gastos de conservación y mantenimiento del monte.

c) Financiación de obras de infraestructura y servicios públicos, de interés social.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 123 TRLIS Real Decreto Legislativo 4 / 2004 , de 05 de marzo de 2004 .
Disposición adicional octava Ley 16 / 2007 , de 04 de julio de 2007 .
Resolución del TEAC para unificación de criterio del 25 de septiembre de 2008
ID: 
128886