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REDUCCIÓN INICIO DE ACTIVIDAD: SUPUESTO DE NO APLICACIÓN

Consulta: 

¿En qué supuestos no será de aplicación la reducción por inicio de actividad?

Respuesta corta: 

La reducción no resultará de aplicación en el período impositivo en el que más del 50% de los ingresos del mismo procedan de una persona o entidad de la que el contribuyente haya obtenido rendimientos del trabajo en el año anterior a la fecha de inicio de la actividad.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
ID: 
135868