¿Qué reducciones se aplican sobre los rendimientos derivados de prestaciones de los sistemas de previsión social constituídos a favor de personas con discapacidad?
Los rendimientos del trabajo derivados de las prestaciones obtenidas en forma de renta por las personas con discapacidad correspondientes a las aportaciones a las que se refiere el artículo 61 de esta ley tendrán derecho a una reducción en este Impuesto de hasta un importe máximo de tres veces el IPREM .
Tratándose de prestaciones recibidas en forma de capital por las personas con discapacidad correspondientes a las aportaciones a las que se refiere el artículo 61 de esta ley, la reducción prevista en el apartado anterior será el 50 por ciento, siempre que hayan transcurrido más de dos años desde la primera aportación.
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