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REDUCCIÓN POR TRIBUTACIÓN CONJUNTA

Consulta: 

¿Qué reducción es aplicable en el supuesto de tributación conjunta?

Respuesta corta: 

1. En la primera modalidad de unidad familiar (los cónyuges con sus hijos menores de edad o mayores incapacitados) la reducción por tributación conjunta será de 3.400 euros.

2. En la segunda de las modalidades de unidad familiar (el padre o la madre y todos los hijos) la reducción por tributación conjunta será de 2.150 euros. No obstante , no se aplicará esta reducción cuando el contribuyente conviva con el padre o la madre de alguno de los hijos que forman parte de su unidad familiar.

En ambos casos, esta reducción se aplicará, en primer lugar, a la base imponible general sin que pueda resultar negativa como consecuencia de tal minoración. El remanente, si lo hubiera, minorará la base imponible del ahorro, que tampoco podrá resultar negativa.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
ID: 
134721