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RÉGIMEN FISCAL AGRUPACIÓN ESPAÑOLA

Consulta: 

¿Cómo tributan las agrupaciones de interés económico españolas reguladas por la Ley 12/1991, de 29 de abril?

Respuesta corta: 

A las agrupaciones de interés económico reguladas por la Ley 12/1991, de 29 de abril, de agrupaciones de interés económico se aplicarán las normas generales del I.S. con las siguientes especialidades:

  • Estarán sujetas a las obligaciones tributarias derivadas de la aplicación de la LIS, a excepción del pago de la deuda tributaria por la parte de
    base imponible imputable a los socios residentes en territorio español.

  • Se imputarán a sus socios residentes en territorio español o no residentes con establecimiento permanente en el mismo:
    1. Los gastos financieros netos que, de acuerdo con el artículo 16 de la LIS, no hayan sido objeto de deducción en estas entidades en el período impositivo.
    2. La reserva de capitalización que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25 de la LIS, no haya sido aplicada por estas entidades en el período impositivo.
    3. Las bases imponibles positivas, minoradas o incrementadas, en su caso, en la reserva de nivelación a que se refiere el artículo 105 de la LIS, o negativas, obtenidas por estas entidades.
    4. Las bases de las deducciones y de las bonificaciones en la cuota a las que tenga derecho la entidad.
    5. Las retenciones e ingresos a cuenta correspondientes a la entidad.

La reserva de nivelación de bases imponibles a que se refiere el artículo 105 de la LIS se adicionará, en su caso, a la base imponible de la agrupación de interés económico.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 43 Ley 27 / 2014 , de 27 de noviembre de 2014 .
ID: 
136019