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REGULARIZACIÓN: EFECTOS SI NO SE PRACTICA POR EL RETENEDOR

Consulta: 

¿Incurre en alguna responsabilidad el pagador de retribuciones del trabajo que no regularice el tipo de retención al producirse las variaciones previstas en el artículo 87 del Reglamento?

Respuesta corta: 

Sí. Las personas obligadas a retener que satisfagan rentas sujetas a retención están obligadas a efectuar la retención pertinente de acuerdo con la normativa aplicable, sin que el incumplimiento de esta obligación puede excusarles del ingreso en el tesoro de las retenciones que debieron practicarse. Asimismo constituye infracción tributaria grave, en los términos establecidos en la L.G.T., dejar de ingresar dentro de los plazos reglamentariamente señalados las cantidades retenidas o que se hubieran debido retener.

Respuesta extendida: 
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ID: 
136983