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REINVERSIÓN EN EL EXTRANJERO

Consulta: 

Residente en España vende su vivienda habitual por traslado al extranjero, donde piensa comprarse una nueva vivienda igualmente habitual. ¿Puede acogerse a la exención por reinversión?

Respuesta corta: 

La aplicación de la exención por reinversión sólo opera respecto a los contribuyentes por este Impuesto, lo que exige que la ganancia patrimonial puesta de manifiesto por la transmisión de la vivienda habitual tiene que obtenerse, para resultar amparada por la exención, en un periodo impositivo en que se tenga la condición de contribuyente por IRPF.

Por otra parte, entre las condiciones para aplicar la exención, no se establece que la ubicación de la nueva vivienda esté en territorio español, por lo que cumpliéndose los requisitos establecidos en el artículo 41 del Reglamenento, a la ganancia patrimonial obtenida por la transmisión de la vivienda habitual le resultará aplicable la exención por la reinversión del importe obtenido en una nueva vivienda habitual ubicada en el país al que va a trasladar su residencia habitual siempre que sea contribuyente por IRPF.

Respuesta extendida: 
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ID: 
135701