¿Puede dar derecho a aplicar la exención por reinversión la transmisión de una plaza de garaje que fue adquirida junto con la vivienda habitual?
La adquisición de plazas de garaje no se asimila a la de la vivienda propiamente dicha, salvo que se encuentren en el mismo edificio o complejo inmobiliario de la vivienda y que la adquisición, tanto de la vivienda como de la plaza de garaje, se produzca en el mismo acto, aunque puede ser en documento distinto, entregándose ambas en el mismo momento. Además no podrá tener uso distinto al privativo del adquirente.
Por tanto, para que la transmisión de la plaza de garaje de derecho a aplicar la exención por transmisión de vivienda habitual ésta deberá reunir los requisitos señalados y, además, mantener su consideración de vivienda habitual en el momento de la transmisión o en cualquier día dentro de los dos años anteriores a dicha transmisión.
No obstante, si la venta de la plaza se produce con posterioridad, de tal forma que haya perdido la consideración de vivienda habitual por incumplir los requisitos indicados, no dará derecho a aplicar la exención por reinversión.
En cualquier caso será necesario que el importe obtenido en la transmisión se destine a la adquisición o rehabilitación de vivienda habitual, sin que pueda asimilarse a estos efectos la ampliación o construcción de vivienda habitual
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