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RENDIMIENTOS OBTENIDOS DE FORMA NOTORIAMENTE IRREGULAR

Consulta: 

¿Tienen reducción los rendimientos obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo? ¿Cuáles son estos rendimientos?

Respuesta corta: 

Será aplicable la reducción del 30% a los rendimientos obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo, siempre que se imputen en un único período impositivo. Tienen tal consideración exclusivamente los siguientes rendimientos:

a) Cantidades abonadas por la empresa por traslado a otro centro de trabajo, siempre que excedan del importe exento.

b) Indemnizaciones de regímenes públicos, asi como prestaciones de colegios de huérfanos o similares por lesiones no invalidantes.

c) Prestaciones satisfechas por lesiones no invalidantes o incapacidad permanente por empresas o entes públicos.

d) Prestaciones por fallecimiento y gastos por sepelio o entierro que excedan el límite exento.

e) Cantidades en compensación o reparación complementos salariales, pensiones o anualidades de duración indefinida o modificación de condiciones de trabajo.

f)Cantidades por resolución de mutuo acuerdo de la relación laboral.

g) Premios literarios, artísticos o científicos no exentos.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
ID: 
136387