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RENDIMIENTOS OBTENIDOS DE FORMA REGULAR O HABITUAL: NO REDUCCIÓN

Consulta: 

¿Cuando no resulta aplicable la reducción del 30%, al entenderse que los rendimientos se obtienen de forma regular o habitual?

Respuesta corta: 

Con carácter general, no resultará de aplicación esta reducción a aquellos rendimientos que, aun cuando individualmente pudieran derivar de actuaciones desarrolladas a lo largo de un período que cumpliera los requisitos anteriormente indicados, procedan del ejercicio de una actividad económica que de forma regular o habitual obtenga este tipo de rendimientos.

Respuesta extendida: 
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ID: 
135860