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REPARACIONES EXTRAORDINARIAS HASTA 2007

Consulta: 

¿Qué condiciones han de reunir las dotaciones a la provisión para grandes reparaciones a efectos de su deducibilidad fiscal?

Respuesta corta: 

La normativa del Impuesto sobre Sociedades admite la deducibilidad de las dotaciones para la cobertura de reparaciones extraordinarias distintas de las realizadas con carácter obligatorio sobre buques y aeronaves, siempre que correspondan a un plan formulado por el sujeto pasivo y aceptado por la Administración tributaria.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 13 .2.d) TRLIS Real Decreto Legislativo 4 / 2004 , de 05 de Marzo de 2004 .
ID: 
124422